PUBLICAN DECRETO PARA LEGALIZACIÓN DE VEHÍCULOS

Por MARTHA CÁZARES

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto para la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera que no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país, y se encuentren en territorio de los siguientes estados:

Tamaulipas, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León y Sonora.

Serán beneficiados los vehículos usados cuyo número de identificación vehicular corresponda al de fabricación o ensamble del vehículo en México, Estados Unidos de América o Canadá,y se clasifiquen en las fracciones arancelarias que se señalan en el decreto, y que al 19 de octubre de 2021 se encontraban en el territorio de los estados citados.

Los vehículos serán regularizados en territorio nacional, podrán ser importados definitivamente sin que se requiera certificado de origen, permiso previo de la Secretaría de Economía ni inscripción en el Padrón de importadores.

El año-modelo del vehículo debe ser de ocho o más años anteriores a aquel en el que se realice la importación definitiva, y el propietario que realice la importación debe ser persona física mayor de edad, residente en el territorio de los estados beneficiados.

Además, debe presentar una manifestación, bajo protesta de decir verdad, de que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 de este decreto, y cubrir un aprovechamiento de 2 mil 500 pesos.

Se requiere la presentación física de la unidad ante la autoridad aduanera, y el trámite de importación definitiva se hará por conducto de un agente o agencia aduanal.

El decreto tiene vigencia hasta el 20 de julio de este año.

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